Las disposiciones de este reglamento para la utilización de la Pista, rigen el ingreso y la utilización de la misma.

1. Uso exclusivo: para los practicantes de Skateboarding, BMX y otros deportes que posean ruedas de poliuretano de un diámetro no menor a los 44 mm y no mayor a los 736,6 mm (Agressive en line o Roller y Streetboard o Snakeboard).
Se encuentra prohibido el ingreso a la Pista para la práctica de actividades: Break Dance, Parkour etc.
Asunción de riesgo. Deslinde. La práctica del Skateboarding y BMX implican una actividad riesgosa siendo previsible e inherente a dichas disciplinas, la ocurrencia de lesiones físicas, incluso el riesgo de muerte.

2. Ingreso y uso de Pista. El usuario de la Pista asume voluntariamente (I) Todos los riesgos derivados de la práctica de la actividad y (II) Que ingresa a un espacio público de acceso abierto y diseñado especialmente para la práctica de Skateboarding y BMX en simultáneo con otros usuarios de la pista. En caso de usuarios menores a 18 años de edad, el ingreso de los mismos a la Pista importará el conocimiento y la asunción de todos los riesgos propios del Skateboarding y el BMX por parte de sus padres o representantes legales o necesarios. El ingreso y/o utilización de la Pista implicará que ni el usuario, ni ninguno de sus representantes personales o legales o miembros de su familia iniciarán o permitirán que se inicien acciones legales o reclamos contra el Gobierno de la Provincia de Córdoba, la Municipalidad de Mina Clavero, las Asociaciones Cordobesas de Skateboarding y de BMX, ya sea por lesiones físicas o muerte que puedan resultar del desarrollo o en ocasión de las actividades desarrolladas en la Pista. El ingreso y utilización de la Pista implicará la liberación y deslinde de responsabilidad civil respecto del Gobierno de la Provincia de Córdoba, de la Municipalidad de Mina Clavero, de las Asociaciones Cordobesas de Skateboarding y de BMX, y de todos sus funcionarios agentes o empleados.

3. Utilización obligatoria de protecciones. Es obligatorio el uso de casco, coderas y rodilleras para todos los usuarios de la pista, menores a 18 años de edad el ingreso solo se permite bajo la exclusiva responsabilidad y vigilancia de sus padres o representantes legales o necesarios.

4. Aptitud deportiva. Circulación. El ingreso y/o utilización de la pista solo se recomienda para aquellas personas que tengan la actitud deportiva mínima que requiere la utilización de los distintos obstáculos de la pista.

5. Reglas de conducta. No se permite ubicarse o permanecer dentro de la pista a modo que implique dificultar o imposibilitar la utilización de los obstáculos de la pista. No se permite el ingreso de espectadores o peatones a la pista, salvo para cobertura audiovisual de la actividad. Está terminantemente prohibido el uso de los obstáculos de la pista como juegos de plaza, los usuarios deberán cuidar sus pertenencias en todo momento quedando entendido que el Gobierno de la Provincia de Córdoba, la Municipalidad de Mina Clavero, las Asociaciones Cordobesas de Skateboarding y de BMX, no se hacen responsables por las pertenencias de los usuarios.